Vías y Requisitos de Acceso
El proceso de acceso de los futuros alumnos se iniciará por la comprobación de que reúnen los requisitos previstos por la legislación vigente.
Los requisitos de acceso al título propuesto son según el artículo 16, del Real Decreto 1393/2007, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio:
· Para acceder a las enseñanzas oficiales de Máster será necesario estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de Máster.
· Asimismo, podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Máster.
El perfil específico de ingreso está en función del grado afinidad de la titulación a los estudios del Máster en Dirección. Se priorizarán las siguientes titulaciones:
Grado en Educación Infantil, Grado en Educación Primaria, Máster Universitario en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas, Pedagogía y Psicología.
Puede admitirse a cualquier titulado superior que cumpla los requisitos legales para ser admitido en un Máster oficial; en este caso, para garantizar la afinidad al campo de la educación de los candidatos, se exigirá al menos dos años de experiencia docente en un centro educativo, ya que esta experiencia presupone que además esos candidatos ya habrán recibido la formación pertinente del Máster en Formación del Profesorado.
En el caso de que algún candidato cuente con suficiente experiencia directiva en otros sectores, y desee a través del Máster introducirse en el sector educativo, esos candidatos cursarán los complementos formativos genéricos del Máster en Formación del Profesorado:
· Aprendizaje y desarrollo de la personalidad (5 ECTS)
· Procesos y contextos educativos (5 ECTS)
· Sociedad, familia y educación (5 ECTS)
Criterios de admisión y valoración de las solicitudes
A la hora de establecer los criterios de admisión, se ha tenido en cuenta lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto 1393/2007, modificado por el Real Decreto 861/2010.
En el proceso de admisión se busca conocer las características de cada candidato -estudios realizados y experiencia en el ámbito educativo- a fin de evaluar si el programa elegido se ajusta a sus necesidades y al momento actual de su carrera profesional.
Para ello, el candidato deberá enviar la siguiente documentación a la coordinación del Máster:
• Título que acredite haber obtenido un grado/licenciatura
• Solicitud de admisión
• Curriculum Vitae
• Copia del DNI o pasaporte en caso de ser extranjero
• Fotografía actual
• Experiencia profesional formal de al menos 2 años en aula o en responsabilidad directiva similar u en otro ámbito profesional. Para ello, añadir certificado de cualquier actividad que el candidato considere relevante para ser tenida en cuenta.
• Declaración de objetivos de una o dos hojas exponiendo su interés en el programa y las expectativas profesionales.
Se considera como requisito imprescindible para el acceso un nivel mínimo de castellano que permita el adecuado seguimiento de las actividades docentes.
En el caso de estudiantes no nativos, será obligatorio que acrediten un nivel de idioma castellano B2 del marco común europeo de referencia.
Con el fin de evitar que el número de solicitudes supere el de plazas ofertadas, se prevé un calendario de recepción de solicitudes y un proceso de contabilidad de las mismas. Para ello, el departamento de admisión determinará el momento en que el número de solicitudes supera el de plazas ofertadas con el fin de abrir una lista de espera. A partir de ese momento, todos los candidatos serán informados de que se han cubierto las plazas y que su solicitud pasará a incluirse en la lista de espera, que será respetada siempre de acuerdo al orden temporal y teniendo en cuenta la adecuación de
su perfil profesional.
En el supuesto de existir mayor número de solicitudes que de plazas ofertadas, el Coordinador/a del Máster será el encargado de resolver las solicitudes de acceso dando prioridad a los solicitantes que obtengan mayor calificación teniendo en cuenta los criterios de admisión establecidos y su baremación. Estos son los siguientes:
- Valoración del expediente académico (70%): donde se ponderará en función de la nota media del expediente académico:
- Nota media de Aprobado: 1 punto.
- Nota media de Notable: 2 puntos.
- Nota media de Sobresaliente: 3 puntos.
- Matrícula de Honor: 4 puntos.
- Valoración del curriculum vitae (30%): se valorará la formación específica y/o experiencia en el ámbito de la dirección.
Las solicitudes de admisión se resuelven de oficio positivamente si se comprueba la disponibilidad de plazas en los estudios solicitados y se acreditan documentalmente los requisitos legales correspondientes a la vía de acceso a los estudios por parte del solicitante.
Las solicitudes de admisión se resuelven de oficio negativamente en caso de indisponibilidad de plazas en los estudios solicitados, insuficiente o incompleta
acreditación documental de la vía de acceso del solicitante, o manifiesta inadecuación del perfil del candidato al perfil recomendado de ingreso a los estudios.
Perfil del estudiante
• Ser un ciudadano con una conciencia cívica responsable.
• Disponer de una madurez personal y social que le permita actuar de forma responsable y autónoma y desarrollar su espíritu crítico.
• Poseer los hábitos de lectura, estudio y disciplina, como condiciones necesarias para el eficaz aprovechamiento del aprendizaje y como medio de desarrollo personal.
• Dominar, tanto en su expresión oral como escrita, la lengua castellana.
• Utilizar con solvencia y responsabilidad las tecnologías de la información y la comunicación.
• Poseer un espíritu emprendedor con actitudes de creatividad, flexibilidad, iniciativa, trabajo en equipo, confianza en uno mismo y sentido crítico.
Además, la Universidad garantizará la igualdad de oportunidades y no discriminación, por razones de sexo, género, raza, religión o discapacidad, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social de los estudiantes en el acceso a la Universidad, ingreso en los centros, permanencia en la Universidad y ejercicio de sus derechos académicos.
La Universidad tendrá también en cuenta las disposiciones del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en todo lo referente a los estudiantes con discapacidades en la enseñanza universitaria.
Perfil de ingreso específico del Máster en Dirección de Centros Educativos
El Máster en Dirección de Centros Educativos es un programa diseñado para aquellos directivos de centros educativos tanto públicos como privados con experiencia, que quieran actualizar sus conocimientos, así como para los profesionales de la educación que quieran iniciar su carrera profesional en este ámbito. Asimismo, también va dirigido a directivos procedentes de otros ámbitos interesados en gestionar instituciones educativas, a personas vinculadas a la asesoría de procesos educacionales y gerentes de otros tipos de instituciones educativas no regladas.
Los perfiles de ingreso son aquellos graduados/ licenciados con experiencia profesional formal de al menos 2 años en aula o en responsabilidad directiva similar u en otro ámbito profesional.
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